La AFIP limitó las percepciones de Impuesto a las Ganancias
- Impulsarg Holding

- 18 feb 2022
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A través de la Resolución General 5123 publicada en el Boletín Oficial este lunes, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso limitar las percepciones del Impuesto a las Ganancias a los consumos en dólares con tarjetas, turismo y pasajes al exterior.
Así las cosas, varios sujetos quedarán fuera del Régimen de Percepción de dicho impuesto, que se aplica en conjunto con el Impuesto PAIS.
Quienes no sufrirán percepciones por la realización de consumos en dólares con tarjetas de débito y crédito que cancelen en pesos, por la compra de servicios de turismo en el exterior y pasajes con destino al exterior, entre otros, son:

El requisito para obtener este beneficio es que dichos sujetos cuenten con el certificado de reconocimiento de la exención en el Impuesto a las Ganancias vigente, de acuerdo con lo previsto en la Resolución General 2681.
Cabe recordar que, mediante la Resolución General 4815, se estableció un régimen de percepción de Ganancias o de Bienes Personales, según corresponda, que se aplica sobre las operaciones alcanzadas por el Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS). Ese gravamen es un porcentaje del 35% que se debe abonar sobre ciertas operaciones en moneda extranjera.
"En atención a las inquietudes planteadas con relación a dicho régimen, así como para facilitar la aplicación del mismo, se estima conveniente efectuar determinadas precisiones sobre los sujetos no alcanzados por la norma", señaló el ente recaudador.
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