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Impuesto a las Ganancias: cambian las declaraciones juradas


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A través de la Resolución General 5434/2023 publicada el pasado viernes en el Boletín Oficial, la AFIP modificó el aplicativo para presentar las declaraciones juradas de Ganancias:

El objetivo es facilitar la presentación a las personas jurídicas a las que les corresponde pagar el Impuesto a las Ganancias, incluyendo sociedades, empresas unipersonales, fideicomisos y otras entidades que practiquen balance comercial.


Impuesto a las Ganancias: los detalles de la nueva declaración jurada


Tal como señala la resolución de la AFIP, entre los cambios introducidos a la presentación de las declaraciones juradas de Ganancias para personas jurídicas se incluyen:


La habilitación de la posibilidad de informar en el Activo los saldos de cuentas que ofrecen los Proveedores de Servicios de Pago como Mercado Pago, PayPal o Ualá.
La corrección de la validación para la carga del campo "Impuesto análogo pagado en el exterior computable contra ganancias de fuente argentina admitido por Convenios Internacionales".
La actualización de la tabla de Regímenes de Retención/Percepción.
La incorporación de campos para la carga de ajustes vinculados a los Regímenes de Emergencia previstos en la Ley N° 26.509 y su modificación.

Este aplicativo se podrá encontrar en el sitio web de AFIP, ingresando con la clave fiscal correspondiente a la persona jurídica contribuyente, bajo la leyenda de "GANANCIAS PERSONAS JURÍDICAS - Versión 23.0" y, en caso de precisar asistencia para completar el nuevo aplicativo, en la opción "Ayuda/Aplicativos" del mismo sitio se proporcionarán detalles.

El artículo 2° de la resolución indica que los cambios corren desde el viernes 20 de octubre y que "resultarán de aplicación para las declaraciones juradas -originales o rectificativas- que se presenten a partir de la referida fecha de vigencia".


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