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Financiación de importaciones: nuevas regulaciones del Banco Central


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En los últimos días, el Banco Central de la República Argentina emitió la Comunicación "A" 7845, mediante la cual se habilitó aplicar divisas de exportaciones de bienes para cancelar títulos de deuda que estén destinados a la financiación de importaciones y el pago de fletes al exterior.


La nueva comunicación amplió el régimen establecido a través de la Comunicación "A" 7770 permitiendo aplicar divisas de exportaciones de bienes a la cancelación de capital e intereses de títulos de deuda con registro público en el exterior o en el país, denominados en moneda extranjera y que hayan sido integrados en el exterior.

A tal efecto, los títulos de deuda no deben registrar vencimientos de capital como mínimo por 2 (dos) años y cumplir con alguno de los siguientes requisitos:

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Asimismo, Comunicación "A" 7845 permite que los fondos originados en el cobro de exportaciones sean acumulados en cuentas del exterior y/o el país destinadas a garantizar la cancelación de los vencimientos de los títulos de deuda hasta alcanzar el 125% del capital e intereses a abonar en el mes corriente y los siguientes 6 meses calendario.


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