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Fin del cepo: cómo funciona el Mercado Cambiario

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Tal como había anunciado el Gobierno, este lunes 14 de abril inició de la Fase 3 del programa económico comenzado el 10 de diciembre de 2023.


Los puntos más destacados anunciados por el Ministerio de Economía y el Banco Central de la República Argentina (BCRA) son:


  • Flotación entre bandas del dólar.

  • Eliminación de restricciones a las personas humanas.

  • Flexibilización de pagos para importadores.

  • Eliminación del dólar blend para exportadores.



1. Régimen de flotación cambiaria dentro de bandas

"En virtud de la naturaleza bimonetaria de la economía argentina, caracterizada por un alto nivel de dolarización, la transición hacia una libre competencia de monedas avanza con la implementación de un régimen prudente de bandas cambiarias con rango $/U$D 1.000-1.400", dice el comunicado del BCRA.

Dentro de las bandas, el tipo de cambio fluctuará libremente en función de las fuerzas de la oferta y la demanda. El valor inferior y el valor superior de la banda evolucionarán en el tiempo de forma gradual y previsible: -1% y +1% por mes, respectivamente.


El BCRA regulará el sistema de bandas cambiarias de la siguiente manera:


Piso de la banda ($1.000 – 1% mensual): cada vez que el tipo de cambio opere en el MLC en el valor inferior de la banda, el BCRA procederá a comprar dólares para defender el valor en la misma y, en el proceso, acumular reservas internacionales. 
Techo de la banda ($1.400 + 1% mensual): cada vez que el tipo de cambio opere en el MLC en el valor superior de la banda, el BCRA procederá a vender dólares para defender el valor en la misma y, en el proceso, eliminar pasivos monetarios. 
Dentro de la banda: se promoverá la flotación libre del tipo de cambio entre los límites establecidos para el régimen.
Gráfico 1: nuevo sistema de bandas para el tipo de cambio en Argentina, donde el Banco Central de la República Argentina (BCRA) interviene para mantener el tipo de cambio dentro de un rango definido.
Gráfico 1: nuevo sistema de bandas para el tipo de cambio en Argentina, donde el Banco Central de la República Argentina (BCRA) interviene para mantener el tipo de cambio dentro de un rango definido.

2. Levantamiento del cepo a los flujos, mitigando los riesgos asociados a los desequilibrios en los stocks


La Comunicación A 8226 establece las siguientes modificaciones al régimen de acceso al MLC:

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Para las personas humanas:

  • Se levanta el cepo, eliminando el límite de U$S 200 de acceso al MLC, y se eliminan todas las restricciones de acceso al MLC vinculadas con asistencias gubernamentales recibidas durante la pandemia, subsidios, el empleo público y otros.

  • Tanto las restricciones contenidas en la Comunicación A 7340 como la "restricción cruzada" dejarán de ser aplicables a personas humanas. Adicionalmente, en coordinación con el BCRA, ARCA eliminará la percepción impositiva existente a la adquisición de moneda extranjera en el MLC (permaneciendo solamente sobre el turismo y los pagos de tarjetas de crédito).


Para el pago de nuevas importaciones:

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  • Importaciones de bienes: podrán pagarse a través del MLC a partir del registro de ingreso aduanero (previamente era a partir de los 30 días). 

  • Importaciones de bienes por parte de empresas MiPyMEs: podrán pagarse a través del MLC a partir del despacho del puerto de origen (previamente: 30 días a partir del registro de ingreso aduanero).

  • Importaciones de servicios: podrán pagarse a través del MLC a partir del momento de prestación del servicio (previamente: 30 días).

  • Importaciones de bienes de capital: podrán pagarse a través del MLC con un 30% de anticipo, 50% a partir del despacho del puerto de origen y 20% a partir del registro de ingreso aduanero (previamente: 20% de anticipo / solamente para MiPyMEs).

  • Importaciones de servicios entre empresas vinculadas: podrán pagarse a través del MLC a partir de que se cumplan 90 días de la fecha de prestación del servicio (previamente: 180 días).


Complementando las flexibilizaciones mencionadas, y con el objetivo de acomodar los pagos de importaciones y deudas financieras que pudieran estar operando a través del mercado cambiario financiero (CCL), el BCRA eliminará por única vez la restricción de 90 días anteriores contenidos en la Comunicación A 7340 ("restricción cruzada"), para permitir que las personas jurídicas puedan volver a operar en el MLC en forma eficiente.


Para las Personas Jurídicas:

En relación a los flujos

Sumándose a la autorización a acceder al MLC, sin conformidad previa, para cancelar los intereses compensatorios devengados a partir del 1/1/25, por deudas financieras con sus empresas vinculadas aprobada por el directorio del BCRA el 19/12/24, queda autorizado el acceso al MLC para pagos de dividendos a accionistas no residentes correspondientes a las utilidades obtenidas en los balances cuyos ejercicios comiencen a partir del 1/1/25.


En relación a los stocks

Complementando la flexibilización provista al acceso al MLC focalizada en los flujos, respecto a la potencial demanda residual para acceder al MLC vinculada a los stocks heredados de dividendos y servicios de deuda con entidades vinculadas, el BCRA está trabajando en el diseño de una nueva serie de Bonos para la Reconstrucción de una Argentina Libre (BOPREAL). Estos títulos podrán ser adquiridos en pesos, para afrontar obligaciones con el exterior relacionados con deudas/dividendos previos al 2025, y deudas comerciales con fecha previa al 12/12/23.


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Estas acciones serán complementadas por medidas que afectan la operación en el MLC pero que no dependen estrictamente de normativas dictadas por el BCRA:


  • Se derogará el Programa de Incremento Exportador (80/20 o dólar blend) para la liquidación de exportaciones. Los plazos de ingreso de divisas al MLC por exportación de bienes y servicios no se verán modificados. Se prevé que esta simplificación del mercado cambiario spot facilitará el desarrollo y la liquidez de los mercados a término, tanto para el tipo de cambio como para las materias primas, relevantes para amplios sectores de la economía.

  • Se eliminará el plazo mínimo de tenencia para operaciones de valores negociables (parking) aplicable a personas humanas (CNV RG 959/2023).


3. Saneamiento del balance del BCRA


La consolidación del programa económico contará con el respaldo financiero de una nueva facilidad extendida de fondos (EFF) acordado con el Fondo Monetario Internacional (FMI) por U$S 20.000 millones, de los cuales U$S 15.000 millones constituyen desembolsos de libre disponibilidad en 2025.


Desembolsos adicionales acordados entre el Ministerio de Economía y otros Organismos Internacionales del orden de U$S 6.100 millones complementarán esa transacción inicial.

El BCRA trabajará con bancos internacionales en una nueva licitación que amplíe la facilidad de repo ejecutada en enero de 2025 en un monto de hasta U$S 2.000 millones.

En conjunto, estos acuerdos contribuirán a un aumento de U$S 23.100 millones en las reservas liquidas del BCRA durante 2025. 

Por último, el BCRA acordó una nueva extensión de 12 meses del tramo activado del swap de monedas con el Banco Central de China (U$S 5.000 millones aprox.)




 
 
 

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