EL BCRA mejora las condiciones para el pago de fletes al exterior
- Impulsarg Holding

- 6 may 2024
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Mediante la Comunicación"A" 7998 emitida por el Banco Central de la República Argentina (BCRA) en los últimos días, se modificó la normativa para el pago de fletes y seguros de importaciones de bienes, reduciéndose el plazo a 30 días desde su registro aduanero.
La reglamentación (A7998) se aplica para todos los productos, salvo algunas excepciones. Desde el sector, señalaron que el cambio no es significativo en los períodos para los pagos, aunque si agregaron que resuelve una zona gris que se daba a la hora de concretarlos.
La medida está vigente desde este lunes 6 de mayo y establece que "los fletes y seguros que formen parte de la condición de compra pactada con el vendedor podrán ser abonados totalmente a partir de la primera fecha en que el importador tenga acceso en virtud de los bienes comprendidos".
Así, las entidades deberán dar acceso al mercado de cambios para realizar los pagos de estas importaciones de bienes en los plazos señalados.
"La normativa es aclaratoria a la resolución madre, porque había una doble interpretación. Algunos bancos permitían el pago de fletes a 30 días mientras que otros no porque era confusa la norma", explica Matías Ruiz, presidente de la Asociación Cordobesa de Agentes de Carga.
El aspecto sobre el que sí se introduce un cambio significativo es en las mercaderías que debían esperar 180 días para cubrir estos gastos. De ahora en más, les cabe el plazo de 30 días.
Cuáles son los bienes alcanzados
En particular, el texto incluye en estas modificaciones a los automotores terminados y los que correspondan a posiciones arancelarias del punto 12.1 que no se encuentren contempladas en puntos precedentes, entre los que se encuentran las máquinas para minado de criptomonedas, algunas bebidas alcohólicas y alimentos de lujo y motos para ensamblar.
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