Argentina amplía el uso del "documento firmado" como garantía aduanera
- Impulsarg Holding

- 1 dic 2025
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El Gobierno nacional oficializó una reforma al régimen de garantías aduaneras mediante el Decreto 838/2025, que modifica el Decreto 1001/82 (Reglamento del Código Aduanero).
La norma dispone que importadores y exportadores pueden usar un documento firmado por el interesado como garantía suficiente en todas las destinaciones aduaneras —definitivas y suspensivas— bajo las condiciones que establezca la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
La medida busca reducir costos operativos, simplificar trámites y modernizar la operatoria del comercio exterior, unificando criterios y eliminando modalidades previas de garantías consideradas más gravosas. Como parte de la reforma, también se derogó el inciso e) del artículo 56 del Decreto 1001/82.
Excepciones a la nueva norma
Caba aclarar que existen casos que mantienen el tratamiento vigente previsto en el Decreto 1001/82:
Importación temporaria de embarcaciones o aeronaves que arriben por sus propios medios.
Importación o exportación temporaria de semovientes por arreo, con condiciones específicas para zonas fronterizas.
Mercaderías temporarias destinadas a exposiciones o eventos internacionales, vinculadas a representaciones diplomáticas.
El Gobierno destacó que la ampliación del uso del documento firmado no compromete el control aduanero ni el resguardo del interés fiscal, y que las modificaciones entraron en vigencia tras su publicación en el Boletín Oficial.






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