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ANMAT simplificó el arancel que cobra a la importación de alimentos

ANMAT simplifica y unifica el arancel que se cobra por la importación de alimentos y productos relacionados con estos

A través de la Disposición 4538/2025 publicada en los últimos días en el Boletín Oficial, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos, y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso reemplazar el régimen de escalas de aranceles que pagan las empresas importadoras de alimentos (y materiales que puedan estar en contacto con estos, como el caso de envases) por una sola tasa del 0,5% del valor FOB del bien adquirido en el exterior.


La revisión y modificación del régimen arancelario aplicable a tramitaciones de importación ante el Instituto Nacional de Alimentos (INAL) tiene como objetivo promover la simplificación normativa, la eficiencia administrativa y una mayor equidad económica en los procedimientos arancelarios vinculados a productos alimenticios importados.


Con la aplicación de la actual escala, el costo empresario ascendió a $ 14.865 millones durante el primer trimestre de 2025, y hubiera bajado a $ 2.863 millones si se hubiera aplicado el arancel del 0,5% que entrará en vigencia el 26 de julio.

"Las escalas arancelarias actualmente aplicadas generan distorsiones en relación con el valor real de los productos importados. Éstas afectan la equidad del régimen arancelario, dado que no guardan una proporcionalidad adecuada con el valor FOB declarado de las mercaderías", dice la disposición.


Como ejemplo, se indica que con el método actual puede estar ingresando $ 25.000 de mercadería y pagar más del doble ($ 52.500) de arancel.

Así las cosas, se dispuso una tasa proporcional del 0,5% sobre el valor FOB declarado para los siguientes trámites:


  • Aviso de importación de alimentos (por producto).

  • Aviso de importación de envases y productos en contacto con alimentos (por línea de productos de un mismo material y color).

  • Aviso de importación de alimentos destinados exclusivamente para uso industrial del establecimiento importador (UPEI).

  • Autorización de importación de alimentos y alimentos destinados exclusivamente para uso industrial del establecimiento importador (UPEI) consolidado (hasta un máximo de 4 presentaciones).

  • Autorización de importación de envases consolidada (hasta un máximo de 4 presentaciones).



 
 
 

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